Loading...

Señor asociado para acceder a los auxilios a beneficiaros usted debe realizar la actualización de datos de sus beneficiarios al momento de solicitar el auxilio o antes del 28 de marzo del presente año, deberá anexar :

 

  • Hijos: Registro de Nacimiento y si son mayores de 10 años copia del documento de identidad, los auxilios de los hijos aplican hasta los 25 años.
  • Padres: Registro de Nacimiento del Asociado y documento de identidad del (los) padre(s)
  • Esposo(a) o Compañero(a): Partida de matrimonio o extrajuicio y copia del documento de identidad del beneficiario.

Condiciones Generales

  • No se aceptan documentos con enmendaduras o tachones.
  • Toda factura recibida por servicios de salud u óptico de los convenios que tiene FELEVAPAN serán cruzados con el auxilio y solo se cargara la diferencia como crédito de seguros.
  • Se establece la intensidad horaria semestral o anual, para aquellas carreras que son trimestrales o cuatrimestrales se autorizan 2 auxilios por año.
  • No se aceptarán formulas medicas como soportes de pago a consultas y/o compras de medicamentos, se deberá adjuntar factura POS y/o recibo de caja con nombre del profesional, teléfonos y dirección en caso de requerir su validación. 
  • Cuando dos asociados tienen un mismo beneficiario en común, cada asociado debe presentar soportes diferentes para su solicitud (se paga solo una vez con el mismo soporte). 
  • Cuando se radiquen facturas de útiles o uniformes se deberá anexar documento que soporte el grado escolar o semestre del estudiante.
  • Cualquier requerimiento puede ser validado de manera aleatoria para comprobar su veracidad.
  • Aquel asociado que incurra en documentación falsa será amonestado de acuerdo a lo establecido en el estatuto con respecto al régimen disciplinario.
  • Los auxilios se otorgarán a asociados que se encuentren al día, en caso de presentar mora deberán transcurrir dos meses de normalización de pagos para radicar la solicitud.
  • La fecha de los documentos soporte presentados deberán corresponder al año en el cual se solicita el auxilio con un máximo de 2 meses de expedición, excepto diciembre que se podrá reclamar en enero del siguiente año.
  • Los auxilios solo reembolsan el valor pagado y el máximo autorizado en caso de exceder los topes.
  • El bono de cumpleaños se otorgará a aquellos asociados inscritos al corte de Diciembre del año anterior.
  • Ningún auxilio es acumulable con años anteriores.
  • Para los auxilios o beneficios no aplican hijastros o padrastros.
  • No aplica auxilio escolar y técnico en un mismo año por Beneficiario.
  • Para solteros sin hijos aplican como beneficiarios los padres y para los que no son solteros aplican pareja e hijos menores de 25 años que dependan económicamente del asociado, si se separa de la pareja o ya no aplican los hijos por edad no se incluyen los padres como beneficiarios.
  • El auxilio para hijos especiales solo requiere presentar certificado de estudio en centro educativo y se otorgara el monto de hasta de 3 veces el auxilio de educación básica por año dependiendo de la antigüedad y no aplica el máximo de edad de 25.